domingo, 10 de enero de 2016

Nueva norma establece cero tolerancia al acoso escolar

El Ministerio de Educación divulgó este viernes la resolución 001/2016, que rige el nuevo año escolar, y que, entre sus puntos principales, determina la política de tolerancia cero al bullying (acoso) y a toda forma de violencia y maltrato en la convivencia estudiantil, además establece que los colegios deben realizar ferias educativas relacionadas con el embarazo en la adolescencia, VIH-sida, trata y tráfico de personas, y el uso indebido de drogas.

La nueva normativa, que ya se encuentra en la página web del Ministerio de Educación (www.minedu.gob.bo), en el caso del acoso escolar señala que no se permitirá este tipo de agresiones dentro de los salones de clases, pasillos, predios del establecimiento o a través de los medios de comunicación escrita, tecnológica o cibernética, dentro o fuera de las horas de clases.

Asimismo, llama a los maestros a desarrollar contenidos contra la violencia escolar. En este punto también añade que cualquier miembro de la comunidad educativa que conozca hechos de violencia, maltrato o abuso dentro o fuera del colegio debe denunciar ante el director del establecimiento, la Dirección Distrital o Departamental o a la Defensoría de la Niñez.

La subdirectora departamental de Educación, Albina Abasto, indicó que esta política es una muestra de que el Gobierno ha tomado en serio este tema, toda vez que estos hechos perjudican a los estudiantes, así también controlar el mal uso de la tecnología, que lleva a que los estudiantes busquen peleas y agresiones. “Queremos ver cómo podemos ayudar a tener estudiantes con criterio sano”, subrayó.

Obligados a denunciar
La norma también establece que la comunidad educativa en su conjunto está obligada a denunciar hechos de violación, estupro, abuso deshonesto y acoso sexual contra estudiantes de instituciones educativas.

Otra novedad es que a partir de este año se oficializa el bachillerato modular en las unidades educativas de frontera, zonas alejadas y de difícil acceso.

Indica que los colegios tienen la obligación de inscribir a todos los estudiantes con discapacidad leve (artículo 27 Ley 070), previa disponibilidad de espacios, y que los colegios privados deben otorgar becas a los mejores alumnos y al tercer hermano inscrito en la misma unidad

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